Caso Plottier (Neuquen, 2020)
Caso Plottier (Neuquén, Argentina, 2020): expediente, pericias y prensa
Este artículo reúne, con fuentes citadas y en orden cronológico, lo que el expediente y la prensa publicaron sobre la muerte de un niño de cinco años en Plottier (Neuquén, Argentina) en agosto de 2020, caso que se cita con frecuencia como prueba de que el CDS causa la muerte. El objetivo es separar lo que una junta médica afirmó, lo que los medios titularon y lo que la justicia resolvió. Los tres niveles dicen cosas distintas.
Cronología documentada
- 15 de agosto de 2020. Un niño de cinco años ingresa sin signos vitales a la guardia del Hospital de Plottier. Se le practica reanimación avanzada durante 50 minutos sin resultado. No tenía patologías previas y dio negativo a COVID-19. Comunicado oficial del Ministerio de Salud de Neuquén, 15-08-2020.
- 27 de agosto de 2020. La fiscalía de Homicidios (fiscal Sandra Ruixo) recibe el informe de la junta médica convocada para analizar la autopsia y los estudios bioquímicos. El informe responde tres preguntas: (1) la causa del fallo multiorgánico: «una etiología tóxica sería compatible con el cuadro descripto»; (2) si fue por intoxicación, qué sustancia: «puede inferirse la ingesta de una sustancia química cáustica»; (3) si es compatible con dióxido de cloro: «los hallazgos descriptos son compatibles con la ingesta de dicho producto». En el mismo informe los profesionales indican que «faltan realizarse estudios anatomopatológicos y toxicológicos». Fuente: Ministerio Público Fiscal de Neuquén, nota del 27-08-2020, «Los hallazgos son compatibles con la ingesta de dióxido de cloro».
- Lo que tituló la prensa. CNN en Español (28-08-2020), Clarín, Cadena 3 y otros medios publicaron que se «confirma» que el niño murió por ingerir dióxido de cloro. El texto del MPF no afirma causalidad en ningún momento: usa tres veces la palabra «compatible» y deja constancia de que faltaban los estudios anatomopatológicos y toxicológicos. La diferencia entre «compatible con» y «causado por» es la diferencia entre una hipótesis y una conclusión.
- 21 de agosto de 2021. El fiscal de Homicidios Andrés Azar resuelve no acusar a los padres y aplica el criterio de «pena natural», considerando que ya habían sufrido la peor consecuencia posible. Fuente: MPF Neuquén, «Aplican pena natural en el caso del niño que murió por ingerir dióxido de cloro», 20-08-2021.
- 6 y 7 de octubre de 2021. El juez de Garantías Gustavo Ravizzoli ordena el sobreseimiento de la madre y del padre y deja sin efecto la pena natural. Según la crónica de El Cordillerano (07-10-2021): «Las pruebas recolectadas por la fiscalía no fueron suficientes para comprobar que el niño había ingerido dióxido de cloro, ya que sólo se habrían basado en los dichos de los padres al arribar al hospital y frente a la Policía, hechos que según la ley no se pueden tener en consideración en la investigación». LM Neuquén tituló ese día: «Giro en el caso de la muerte por dióxido de cloro: ordenan sobreseer a los padres».
Análisis de la prueba
- La junta médica no certificó una intoxicación por dióxido de cloro. Dijo que el cuadro era compatible con una etiología tóxica y con la ingesta de una sustancia química cáustica, y que los hallazgos eran compatibles con «dicho producto». Al mismo tiempo advirtió que los estudios anatomopatológicos y toxicológicos estaban pendientes.
- El dato de la dosis nunca fue pericia, fue declaración. Los 7 mL en 750 mL de agua que circularon en la prensa provienen de lo que los padres dijeron en la guardia. El juez consideró que esas manifestaciones no podían sostenerse como prueba. No hay publicación de resultados toxicológicos que cuantifiquen sustancia, concentración ni dosis en sangre o tejidos.
- La causa penal se cerró sin condena. No existe condena firme contra persona alguna por este hecho. La causa terminó con un sobreseimiento.
- La institución que podía zanjar la cuestión no publicó su conclusión. Los estudios anatomopatológicos y toxicológicos anunciados como pendientes en agosto de 2020 no constan en ninguna publicación oficial localizada a la fecha de esta edición.
Lo que este artículo no afirma
- No afirma que la muerte tuviera otra causa determinada. Existen opiniones de peritos de la defensa que sostienen una causa alternativa; sus dictámenes y el protocolo de autopsia son los documentos que resolverían la cuestión, y esta página se actualizará cuando sean públicos.
- No afirma que el dióxido de cloro sea inocuo en todas las circunstancias. Afirma que, en este expediente concreto, la afirmación de que la sustancia causó la muerte no fue establecida por ninguna resolución judicial ni por ningún informe pericial publicado.
- No acusa a los padres, cuya situación penal quedó cerrada a su favor.
Por qué importa
La frase «un niño murió por dióxido de cloro en Argentina» se repite como hecho establecido y se usa para calificar toda la discusión. El expediente y la prensa de la época muestran otra cosa: un informe pericial prudente que usó la palabra «compatible» y advirtió de estudios pendientes, una prensa que convirtió «compatible» en «confirmado», y una justicia que cerró la causa sin condena porque la ingesta misma no quedó acreditada con prueba utilizable. Ese es el hecho documentado, y es verificable en las fuentes citadas.
Fuentes
- Ministerio Público Fiscal de Neuquén, «Los hallazgos son compatibles con la ingesta de dióxido de cloro», 27-08-2020.
- Ministerio Público Fiscal de Neuquén, «Aplican pena natural en el caso del niño que murió por ingerir dióxido de cloro», 20-08-2021.
- El Cordillerano, «Los padres del nene que murió por ingerir dióxido de cloro serán sobreseídos», 07-10-2021.
- LM Neuquén, «Giro en el caso de la muerte por dióxido de cloro: ordenan sobreseer a los padres», 06-10-2021.
- Diario Río Negro, «Dióxido de cloro: un juez sobreseyó a la familia del niño que murió en Plottier», octubre de 2021.
- Ministerio de Salud de la Provincia del Neuquén, comunicado oficial, 15-08-2020.
- CNN en Español, «Confirman que un niño argentino murió por ingerir dióxido de cloro», 28-08-2020 (ejemplo del salto de «compatible» a «confirmado»).